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Medios de pago incondicionales
Medios de pago condicionales
GARANTÍAS
BANCARIAS
Una garantía bancaria
podría definirse como la obligación irrevocable
de un banco de pagar una suma determinada
en el caso de incumplimiento de un contrato
por parte de un tercero.
La garantía es una obligación
sujeta al incumplimiento de la deuda principal
existente en la relación contractual entre
el acreedor y el deudor principal. En los
términos de la misma, los bancos deben pagar
siempre que se den las condiciones contenidas
en su texto. Como regla, las garantías están
sujetas a la legislación sobre la materia
del país del banco emisor.
Las garantías bancarias
pueden ser emitidas de dos formas:
Directamente por una entidad
a favor de un importador extranjero
Indirectamente cuando
dicha entidad requiere de su corresponsal
en el país del importador la emisión por
su cuenta de dicha garantía a favor de tal
importador.
Tipos de garantías en
el comercio internacional
Garantía de Pago
La garantía de pago se
utiliza principalmente para asegurar el
pago del saldo de una cuenta abierta entre
comprador y vendedor al cierre de la misma.
Pero también se utiliza de otras formas,
como por ejemplo, para asegurar el pago
final por la entrega de unas mercancías
o la realización de unos servicios.
Por ejemplo. Un contrato
anual de suministros puede prever entregas
mensuales de mercancías con cargo a una
cuenta y pago a los 10 días de recepción
de la factura. En vez de abrirse un crédito
documentario que cubra la totalidad de la
operación, las partes pueden convenir la
presentación de una garantía que cubra solamente
los pagos de un período de 1 a 3 meses.
Ventajas
Poco trabajo administrativo
para comprador y vendedor
Resulta más económica
que otros sistemas al cubrir solamente el
importe de la factura de una entrega parcial.
Inconvenientes
Sólo cubre entregas
parciales
Sólo es aconsejable
en el caso de que las mercancías pudiesen
ser revendidas a otro comprador, si el primero
no cumpliese sus obligaciones contractuales
Garantía de pago anticipado
En las grandes operaciones
de exportación es normal que los contratos
estipulen pagos anticipados a los exportadores-fabricantes
con objeto de hacer acopio de materias primas
o para cubrir los primeros gastos de fabricación.
Estos pagos iniciales requieren una garantía
que cubra la devolución de los mismos en
el caso de que finalmente el exportador
no cumpliese sus obligaciones contractuales.
Es normal también que
este tipo de garantía se ligue a la operatividad
de un crédito documentario que cubra la
totalidad de la exportación.
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