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CONSTITUCIÓN DE UNA SOCIEDAD


1. Declaración Censal


A través de este trámite se realizan varias cosas simultáneas, como declarar la fecha de inicio de las operaciones, darse de alta en el censo del I.V.A., registrarse para las declaraciones de impuestos o solicitar el CIF.

Se solicita en la Administración o Delegación de Hacienda de nuestro domicilio, rellenando el impreso 036 ó 037, (modelo simplificado) antes del inicio de la actividad.


2. Alta en el impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)

Hay que efectuar el alta, ante la Administración o Delegación de Hacienda del lugar en que se ejerza la actividad, al menos diez días hábiles ( laborables) antes del inicio de la actividad. Para ello debemos rellenar:

  • El modelo 845, cuando la activida vaya a desarrollarse a nivel de municipio.

  • El modelo 846, si la actividad tiene carácter provincial o nacional.
Además deberemos adjuntar fotocopia del DNI del representante de la Sociedad y fotocopia del CIF si no disponemos de etiquetas.

Es un tributo local, y como tal se paga todos los meses de noviembre, y grava las actividades económicas o profesionales realizadas por empresarios individuales o sociedades. Es decir, se paga tantas veces como actividades se realicen.

Es necesario que sepa que la cuota a pagar se incrementa dependiendo de la "calidad" de la calle donde se va a instalar el negocio. No obstante, si para su actividad no precisa de un local fijo, no es obligatorio consignar uno, con lo que se ahorrará unas pesetas.



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